Bases. Concurso Plan de accesibilidad de los edificios de la ULPGC
La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en ejercicio de las funciones y cometidos establecidos en su Estatuto, con el propósito de garantizar y hacer efectivo que todas las personas utilicen sin discriminación, de forma independiente y segura sus edificios y dependencias, en la dirección de hacer efectiva la igualdad de oportunidades y de accesibilidad universal, ha decidido contratar los necesarios y preceptivos proyectos arquitectónicos de tal clase, que contemplen las condiciones que han de reunir los mencionados inmuebles en consideración a sus usos, características y entorno.
Esta iniciativa ha de partir de los referidos proyectos específicos, como primer paso a la imprescindible adaptación de los edificios a la normativa en vigor en materia de accesibilidad en aplicación del Plan previsto y para ello la Universidad, en colaboración con la Demarcación de Gran Canaria del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias (COAC), que ofrece su experiencia, capacidad técnica y Secretaría, ha elegido el procedimiento de contratación con jurado, sin duda el más idóneo para la adjudicación de instrumentos técnicos de edificación y de urbanismo, pues garantiza la mejor solución de las posibles y permite también abrir el deseable debate ciudadano consustancial a las actuaciones administrativas de gran calado social, como es la que nos ocupa, en nuestro caso procedimiento en el marco y ámbito de la arquitectura, a nivel de anteproyecto, público, abierto, bajo anonimato y a desarrollar en una sola fase.
Por último, se ha de indicar que la nota más singular del Concurso es que la propuesta de los participantes ha de referirse a un edificio de los catorce ofertados por la Universidad, con la idea de hacer el concurso más plural y participativo, ofreciendo un mayor abanico de posibilidades, y lograr así un reparto que posibilite ampliar el número de elegidos, a cuyo fin se le confiere al Jurado atribuciones suficientes y amplias para el supuesto de que algún edificio no contara con propuestas, pudiendo, sólo en este caso, declarar desierto el concurso.